La Directora del Centro de Salud de La Criolla explica sobre definiciones de los casos de Covid

14409390_176763722730386_2260234089984461552_o A raíz de todo lo generado en los últimos días con respecto al caso confirmado en La Criolla, y las personas que se encuentran aisladas, La Región Digital dialogó con la Lic. Ana Ursini, recientemente nombrada Directora del Centro de Salud de la localidad.

La profesional explicó las distintas definiciones para establecer los casos confirmados, las definiciones de Contactos Estrechos, los Criterios de Altas Epidemiológicas, todo ello para que la comunidad pueda tener en claro las distintas cuestiones. Estas aclaraciones no tienen otra intención que se esclarecedoras

A continuación el informe:

Caso confirmado:

  • Todo caso confirmado por examen de laboratorio (PCR)
  • Confirmación por criterio clínico – epidemiológico

DEFINICIÓN DE CONTACTO ESTRECHO

Para todos los casos, el periodo de contacto se considerará desde las 48 horas previas al inicio de síntomas del caso de COVID-19

– Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas.

– Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas, durante al menos 15 minutos. (Ej. Convivientes, visitas, compañeros de trabajo).

Adicionalmente debe considerarse:

– Contacto estrecho en barrios populares, pueblos originarios, instituciones cerradas o de internación prolongada a:

– Toda persona que comparta habitación, baño o cocina con casos confirmados de COVID-19.

– Toda persona que concurra a centros comunitarios (comedor, club, parroquia, paradores para personas en situación de calle, etc) y haya mantenido estrecha proximidad con un caso confirmado, mientras el caso presentaba síntomas (menos de 2 metros, durante 15 minutos).

CRITERIO DE ALTA EPIDEMIOLOGICA:

  1. a) Alta Epidemiológica SIN requerimiento de análisis por PCR:

Se otorgará a los catorce (14) días  desde la fecha de realización del hisopado

Las medidas de control a implementar tanto ante todo caso confirmado por laboratorio o por criterio clínico-epidemiológico son:

– Aislamiento y control clínico del caso.

– Identificación y aislamiento de contactos estrechos

 

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