Silverio está fracturado, debe ser operado y lleva un año esperando que PAMI responda

l_1635931489 El 2 de septiembre último, Carina Liliana Martínez se presentó en la comisaría de San José, en el departamento Colón, y relató ante un funcionario policial el estado de abandono de su padre, Silverio Martínez, de 74 años, quien en octubre de 2020 sufriera un accidente que le produjo fractura de pierna izquierda, y que desde entonces aguarda una respuesta de la obra social PAMI.

La obra social lo llevó de San José a la Clínica Pronto, de Gualeguaychú, pero allí no fue operado; luego, lo enviaron al Sanatorio Médico Quirúrgico de Colón, y tampoco. Entonces, la familia de Martínez acudió con una acción de amparo ante la Justicia Federal que fue acogida favorablemente, pero que PAMI nunca cumplió. Es más, ni siquiera respondió la demanda, reveló el sitio Entre Ríos Ahora.

El 9 de junio de 2021, la jueza federal de Concepción del Uruguay, María Isabel Caccioppoli, hizo lugar al amparo, presentado por el abogado Gustavo Velzi, y ordenó al PAMI a dar “cobertura integral del 100%, continua e ininterrumpida en el tratamiento de su afiliado adulto mayor, conforme el cuadro clínico que padece, en un centro especializado o de alta complejidad, con una atención diligente e idónea acorde al diagnóstico, conforme historia clínica acompañada”.

La disposición de la magistrada resultó así por cuanto, dijo en su sentencia, se encuentran “afectados sus derechos a la vida y a la salud, constitucionalmente resguardados”. Al fundamentar su decisión, la jueza Caccioppoli dice: «Conforme ello, estimo que resulta incuestionable que la vía intentada resulta completamente idónea para la tutela del derecho a la salud afectado, como valor y derecho fundamental constitucionalmente resguardado, tal como se ha expedido la Doctrina y Jurisprudencia Nacional mayoritaria».

«En cuanto a la cuestión de fondo -plantea-, se relaciona fundamentalmente con las diversas afecciones que afectan al amparista por la fractura de cuerpo vertebral D-12-L1, con fragmento Oseo Intra Canal y compromiso medular y fractura de fémur izquierdo, indicándose cirugías varias a los fines de solucionas dichas afecciones, conforme a la historia clínica acompañada, lo que evidencia un estado de vulnerabilidad importante. En tal sentido y conforme las 100 Reglas de Brasilia se consideran en condición de vulnerabilidad a aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales encuentran especiales dificultades para ejercer con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico».

Aunque un fallo de segunda instancia dio la razón otra vez a la familia de Martínez, el PAMI continúa incumpliendo el mandato judicial. Ahora, y tras la imposición de una multa económica por parte de la Justicia a la obra social de los jubilados, apareció una solución de emergencia. Pero ante la posibilidad de un incierto traslado del paciente a un centro médico de la provincia de Santa Fe, su familia se ha puesto en alerta. «Ante la consulta de derivar a mi papá a un centro de rehabilitación en la localidad de Funes, Provincia de Santa Fe, hablando con él, es su intención, al igual que la mía, que previamente se nos informe las prestaciones que le va a brindar y/o qué tipo de tratamiento le van a realizar para evaluar si está acorde con lo que solicitamos en la acción de amparo: ponderando el extenso peregrinar que ya ha sufrido hasta la actualidad, y para que no ocurra lo que ya pasó con el Sanatorio Pronto SRL y Sanatorio Médico Quirúrgico», planteó su hija.

La familia quiere tener la certeza de que el lugar al que va a ser derivado esté «preparado y a la altura de las circunstancias», y si allí «le podrán realizar las prestaciones e intervenciones quirúrgicas adecuadas, conforme a lo dictado por la jueza federal: que se le brinde cobertura integral del 100 % conforme al cuadro clínico que padece, de fractura de cuerpo vertebral D12-L1, y con fragmento óseo intra canal y compromiso medular y fractura de fémur izquierdo, en un Centro Especializado o de Alta Complejidad».

«Mientras no se garantice por escrito lo expresado -señala la hija del paciente-, no podemos habilitar el traslado a dicho lugar, ponderando la gran distancia que existe desde acá al lugar de destino y la delicada situación en la que está mi papá. No estamos de acuerdo con lo expresado por Gonzalo Martínez -responsable de PAMI en la ciudad de San José-, que vaya para probar una semana y si no les gusta que se vuelvan, lo cual denota el grado de precariedad de la situación. De no ser así, estamos ante la desesperación de que sólo se lo quiere derivar a mi padre a otro lugar, para que sea el problema de otro, pero para no solucionarle el problema de fondo que se viene denunciando hace más de un año».

En tanto, el abogado Gustavo Velzi, en declaraciones que publica InfoPalmares, de San José, aseguró: “Es incomprensible la dejadez, la falta de atención y la negligencia para lo que le ha pasado a Silverio, y por el tiempo que ha transcurrido, resolverle las cuestiones que eran de base que ameritaban una intervención quirúrgica ahora no lo pueden hacer”.

Al respecto, aseveró: “A pesar de tener una sentencia judicial favorable de un amparo en el Juzgado Federal, primero lo dilatan, apelando, y recién ahora, con una multa económica, intentan derivarlo a un centro de rehabilitación. Sostenemos que necesitamos que nos garanticen algo porque por lo que vemos del diálogo que ha mantenido la hija Carina con el representante local de la obra social PAMI, que es Gonzalo Martínez, todo hace presumir que la cuestión es derivarlo a algún lugar por esta sentencia judicial y por la multa que la impone el Juzgado de $3 mil pesos por día hasta que no se solucione el tema”.

Fuente: Entre Ríos Ahora

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