La empresa Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima informó que los usuarios alcanzados por el Decreto Nº 3460/2021, que posean facturas vencidas durante la pandemia, tendrán tiempo hasta el 30 de abril para acceder a la modalidad de pago hasta en 60 cuotas.
De cualquier manera, la medida también aplica a quienes no estén contemplados en dicho decreto, para los cuales la empresa estatal ha previsto un sistema de financiación, acorde a su capacidad de pago.
Esta modalidad de convenio es de carácter excepcional y su vigencia finalizará en la fecha antes mencionada:
“Quienes no regularicen su situación, estarán en condiciones de suspensión de suministro a partir del mes de mayo, con la metodología y habitualidad con que Enersa lo hacía antes de la pandemia”.
Usuarios incluidos en el decreto
¿Qué usuarios pueden acceder a esta modalidad?
Los usuarios residenciales y no residenciales comprendidos en esta disposición. Para conocer el listado de condiciones que deben reunir, ingresar a www.enersa.com.ar y hacer click en “Convenios de Pago”.
¿Cuáles son las facturas vencidas que se pueden financiar con este plan especial?
Aquellas cuyo vencimiento se hayan producido entre el 1º de marzo y el 31 de diciembre de 2020.
¿Cuántas son las cuotas y cuál es la tasa que se aplica a la financiación?
Los usuarios pueden acceder a planes de pago de hasta 60 cuotas. Se aplica la tasa vigente del Banco Nación al momento de efectivizarse el convenio de pago, con una bonificación del 50%.
Usuarios no incluidos en el decreto
¿Qué ocurre con los usuarios que no están dentro de ese listado o tienen facturas adeudadas con plazos posteriores a ese período?
Para estos usuarios, Enersa también ha dispuesto planes que se analizan de manera personalizada, de acuerdo a la capacidad de pago de cada usuario. En estos casos, ya comenzó el envío del aviso de suspensión correspondiente.
¿Cuál es el canal disponible para solicitar el convenio?
Por mail: a través de tramitescomerciales@enersa.com.ar
. En el asunto, escribir “Convenio de Pago”, la localidad desde donde se lo solicita y el número de ID que figura en el extremo superior derecho de la factura.
. En el mensaje, indicar: nombre y apellido, DNI y un número de contacto.
Enersa responderá aclarando la situación y los requisitos necesarios para el convenio (horario de atención en oficinas comerciales: días hábiles, de 8 a 14).
La sanción de dicho decreto obedeció a “un esfuerzo realizado por el gobierno de Entre Ríos, a través de Enersa, atento a las dificultades económicas que se produjeron como consecuencia de la pandemia”.
Asimismo, desde fines de marzo de 2020, la empresa de energía eléctrica “no ha suspendido el suministro a sus usuarios residenciales”, según afirmaron.
Por ello, “necesita poder revertir esta situación para seguir brindando un servicio eléctrico de calidad”.
Fuente: Prensa Enersa – elentrerios.com